Cumple con lo que te van a fiscalizar
Reglamento Interno redactado y actualizado, charlas de Ley Karin y charla IRL de información de riesgos laborales, con registro firmado. Tres obligaciones concretas que la Dirección del Trabajo revisa y que la mayoría de las empresas tiene incompletas.
Quiero ponerme al día →¿Es para ti?
Llegaste a 10 trabajadores
Y con eso te empezó a correr la obligación de tener Reglamento Interno.
Tienes un reglamento viejo
Redactado hace años, copiado de una plantilla, y sin el protocolo de Ley Karin incorporado.
Contratas gente seguido
Y no tienes cómo demostrar que a cada uno le informaste los riesgos de su puesto.
Te llegó una fiscalización
O supiste de un colega al que le llegó, y quieres revisar en qué estás parado.
Tuviste un problema de convivencia interna
Y descubriste que no tienes procedimiento ni canal para manejarlo.
Qué incluye el servicio
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
Lo redactamos para tu empresa: tu actividad, tus cargos, tus riesgos reales. No una plantilla genérica con el nombre cambiado. Incluye el protocolo de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo que exige la Ley Karin. Actualizado conforme al DS 44, vigente desde 2025.
Charlas de Ley Karin
Capacitamos a tu equipo sobre qué es el acoso laboral y sexual, qué conductas están cubiertas, cómo funciona el canal de denuncias y qué le corresponde hacer a cada uno. Con registro de asistencia.
Charla IRL — Información de los Riesgos Laborales (ex ODI)
Informamos a tus trabajadores los riesgos de su puesto, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos, dejando el registro firmado que respalda que cumpliste. Es la obligación que el DS 44 estableció en reemplazo de la antigua ODI.
Cómo funciona
- 1
Revisamos qué tienes
Nos muestras tu reglamento actual, si existe, y nos cuentas qué actividad realiza tu empresa y qué cargos tienes.
- 2
Te decimos qué te falta
Con nombre y apellido: qué está desactualizado, qué obligación no estás cumpliendo y qué se puede resolver rápido.
- 3
Redactamos y coordinamos
Preparamos el reglamento y agendamos las charlas según tu operación y tus turnos.
- 4
Te dejamos el respaldo
Documento entregado y registros de asistencia firmados. Si mañana te fiscalizan, tienes qué mostrar.
El papel sirve si está bien hecho
Hay muchos reglamentos internos circulando que son la misma plantilla con el logo cambiado. Sirven hasta que alguien los lee con atención: describen riesgos que tu empresa no tiene, omiten los que sí, y no incorporan las obligaciones que se agregaron después.
Lo mismo con las charlas. Una charla sin registro firmado, para efectos de una fiscalización o de un juicio laboral, es una charla que no ocurrió.
Nosotros redactamos según lo que tu empresa realmente hace, y te dejamos el respaldo documentado.
Servicios que puedes sumar cuando los necesites:
Contratos de trabajo y gestión documental laboral
Contabilidad y cumplimiento tributario
Procesos de selección
Servicios transitorios
Preguntas frecuentes
¿Desde cuántos trabajadores necesito Reglamento Interno?+
El Código del Trabajo obliga a tener Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad a las empresas que alcanzan cierto número de trabajadores. Si estás cerca de ese umbral o ya lo pasaste, conviene revisarlo antes de que te fiscalicen. Cuéntanos cuántos trabajadores tienes y te decimos en qué situación estás.
Tengo un reglamento, pero es de hace años. ¿Sirve?+
Probablemente no como está. La normativa laboral ha cambiado, y la Ley Karin incorporó obligaciones nuevas que un reglamento anterior a 2024 no contiene. Lo revisamos y te decimos si conviene actualizarlo o rehacerlo.
¿Qué es la Ley Karin y qué me exige como empleador?+
Es la ley que reforzó la prevención y sanción del acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Entre otras cosas, exige que las empresas cuenten con un protocolo de prevención y un procedimiento de investigación, e incorporen ambos a su Reglamento Interno. También implica informar a los trabajadores, que es lo que hacemos con las charlas.
¿Qué es el IRL y en qué se diferencia de la antigua ODI?+
El IRL es la Información de los Riesgos Laborales: la obligación del empleador de informar a cada trabajador, antes de que inicie sus labores, sobre los riesgos de su puesto, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Con la entrada en vigencia del DS 44, en febrero de 2025, reemplazó a la antigua ODI. No basta con informarlo de palabra: se hace y se registra con la firma del trabajador.
¿Las charlas son presenciales?+
Coordinamos según tu operación. Lo importante es que el equipo efectivamente asista y que quede el registro firmado, no el formato.
¿Ustedes son mi organismo administrador?+
No. Tu mutual sigue siendo tu organismo administrador de la Ley 16.744 y presta sus propios servicios. Nosotros cubrimos las obligaciones documentales y de información que son responsabilidad tuya como empleador.
¿Qué pasa si no cumplo?+
Estas obligaciones son fiscalizables por la Dirección del Trabajo y su incumplimiento es sancionable. Más allá de la multa, el problema real aparece cuando ocurre un accidente o una denuncia y no puedes acreditar que informaste, capacitaste y tenías procedimiento.
¿También pueden ayudarme con el canal de denuncias?+
Sí. Laborare cuenta con canal de denuncias conforme a la Ley Karin, y podemos orientarte sobre cómo implementarlo en tu empresa.
Ver nuestro canal de denuncias →¿Quieres poner al día tu Reglamento Interno?
Cuéntanos cuántos trabajadores tienes y qué hace tu empresa. Te decimos qué te falta y cuánto cuesta ponerte al día.